Termalismo social Balnearios Zaragoza DPZ 2014.

 

La Diputación Provincial de Zaragoza ya ha lanzado su programa de termalismo social 2014. Este programa está dirigido a todas aquellas personas jubiladas de la provincia de zaragoza y que pueden acceder a la rede de balnearios de la provincia con programas termales a precios muy atractivos.

En primera convocatoria, el plazo de solicitud se abrió el pasado 17 de febrero y finaliza el 7 de marzo.

 

Podríamos enumerar todas las ventajas de nuestro Balneario: ambiente familiar, servicios y comodidad del hotel, amplio programa de actividades, cocina típica aragonesa, facilidad de acceso, entorno natural etc.

 

No obstante, La principal virtud de nuestro balneario es la calidad y ventajas terapeúticas de nuestra agua minero-medicinal.

 

Se trata de un agua sulfurada clorurada-sódica premiada y reconocida ampliamente a lo largo de sus 165 años de historia por sus propiedades para el tratamiento de todas la afecciones y lesiones óseas como, reuma, artrosis etc. Por otro lado es una de las mejores aguas para el tratamiento de afecciones respiratorias y de la piel.

 

Actualmente los turnos tienen una duración de 12 días, comprendiendo 11 noches.

 

El Hotel Balneario Paracuellos de Jiloca dispone de la zona termal en el mismo edificio que el hotel.

 

Dispone de habitaciones dobles e individuales con baño completo, TV, calefacción , aire acondicionado, etc.

 

Nuestro establecimiento cuenta con turnos durante todos los meses del año

 

Servicios adicionales a su disposición

Amplio comedor

Salones de relax, lectura y TV

Internet

Biblioteca

Actividades lúdicas durante todo el día

Talleres

Excursiones al Monasterio de Piedra, Calatayud, etc

Solarium

Piscina exterior

Gimnasio

2 cafeterias

 

NORMAS DE LA CONVOCATORIA Y ANEXOS

 

Convocatoria de 700 plazas para estancias en balnearios de la Provincia de Zaragoza para el ejercicio 2014, dentro del Programa de Termalismo Social de la Diputación Provincial de Zaragoza. Se abre el plazo de presentación de solicitudes:

Inicio del plazo de presentación de las solicitudes: 17 de febrero de 2014.

Fin del plazo de presentación de las solicitudes: 7 de marzo de 2014.

 

A. Podrán acogerse a esta convocatoria: las personas que se hallen, al menos, en una de las siguientes situaciones en el momento de la publicación de la misma:

  1. Pensionistas del sistema de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación e invalidez, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, excluida la orfandad, o ser mayor de 65 años sin realizar trabajo por cuenta propia o ajena.
  2. Tener reconocida discapacidad igual o superior al 60%.
  3. Acompañantes de las personas incluidas en los apartados 1 y 2. Podrán ser acompañantes los cónyuges o personas con análoga relación de convivencia o que se encuentren en alguna de las situaciones 1 o 2. En el caso de personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 60% o un Grado II de Dependencia (Dependencia Severa), no se exigirá que el acompañante sea cónyuge o persona unida por análoga relación de convivencia, o que esté en las situaciones de los puntos 1 o 2, sino que podrá ser acompañante, en calidad de cuidador, cualquier persona.

En todo caso, beneficiarios y acompañantes, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Hallarse empadronados en los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida Zaragoza capital.

b) No padecer trastornos mentales que puedan alterar la normal convivencia durante el transcurso del programa.

c) No padecer enfermedad infecto-contagiosa.

d) Valerse por sí mismas para las actividades de la vida diaria. En el caso de personas cuya discapacidad implique una reducción de movilidad, aunque puedan valerse por sí mismas para las actividades de la vida diaria, deberán ir acompañadas; lo mismo sucederá para los disminuidos psíquicos. En estos dos últimos casos, acreditando discapacidad igual o superior al 60% o Grado II de Dependencia (Dependencia Severa), no se exigirá que el acompañante sea cónyuge o persona unida por análoga relación de convivencia, ni que esté en una de las situaciones 1 o 2, sino que podrá ser acompañante, en calidad de cuidador, cualquier persona.

e) Carecer de contraindicaciones para la recepción de los tratamientos termales.

f) Realizar la solicitud de participación del programa y los trámites oportunos según lo establecido en la convocatoria.

B. Podrán también presentar solicitud de plaza todos aquellos que se encuentren empadronados en Zaragoza capital, que se hallen en alguna de las situaciones establecidas en los puntos 1, 2 y 3, y que además reúnan los requisitos establecidos en las letras b), c), d), e) y f).

C. Finalmente, se admitirá la presentación de solicitud a aquellas personas y a sus acompañantes que hayan cumplido los 60 años antes del 1 de enero de 2014 y estén empadronados en municipios de la Provincia y en Zaragoza capital y que reúnan los requisitos establecidos en las letras b), c), d), e) y f).

Tendrán preferencia para la adjudicación los empadronados en municipios de la provincia de Zaragoza incluidos en la letra A. Para gozar de esta preferencia, tanto el solicitante como el acompañante deberán estar empadronados en municipios de la Provincia de Zaragoza, excluida Zaragoza capital.

En el caso de que quedasen plazas vacantes, se adjudicará plaza a los empadronados en Zaragoza capital incluidos en la letra B y también se tramitará la adjudicación a solicitudes de jubilados, pensionistas o personas con discapacidad igual o superior al 60%, en las que el solicitante esté empadronado en un municipio de la Provincia, excluida Zaragoza capital, y el acompañante esté empadronado en Zaragoza capital y viceversa.

Por último, si no se hubiesen cubierto todas las plazas, se adjudicará plaza a las personas que hayan cumplido los 60 años antes del 1 de enero de 2014, incluidos en la letra C, teniendo también en este caso preferencia los empadronados en los municipios de la Provincia, frente a los empadronados en Zaragoza capital y frente a solicitudes en las que solicitante esté empadronado en un municipio de la Provincia, excluida Zaragoza capital, y el acompañante esté empadronado en Zaragoza capital y viceversa.

El procedimiento de adjudicación de plazas, siempre teniendo en cuenta las preferencias establecidas en los párrafos anteriores, se realizará directamente por el Área de Bienestar Social, tomando como criterio para la adjudicación el de la fecha de presentación y, dentro de la misma fecha, el de número de Registro . Es decir, la adjudicación se realizará por ORDEN DE ENTRADA DE LA SOLICITUD EN DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA .

 

MÁS INFORMACIÓN:

Diputación de Zaragoza – Bienestar Social y Desarrollo

Teléfonos: 976 28 88 44 – 976 28 88 43 – 976 28 89 25

Fax: 976 28 89 21

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